Servicio de autoedición

FAQs
Preguntas frecuentes sobre el mundo de la autoedición

¿Qué es el ISBN? ¿Es obligatorio en España obtener el ISBN?

El ISBN es un identificador único que se utiliza para identificar internacionalmente un libro específico. El encargado de gestionar la base de datos es la Agencia Internacional del ISBN. De esta forma en cualquier librería con acceso a internet sabrá, gracias al código de barras, quién fue el editor, cuántos tiene en stock y cómo se pueden conseguir más. El ISBN no es obligatorio en teoría en España pero sí en la práctica si queremos vender. Es un estándar prácticamente mundial, por lo que es absolutamente recomendable aunque nos hayamos autoeditado el libro y lo vendamos en exclusiva por redes. Es muy difícil que el libro llegue lejos sin el código de barras, aunque sea en el ámbito del software organizativo de libreros, editores o vendedores web. Es importante destacar que el número ISBN es específico para cada edición de un libro. Si se realizan cambios significativos en el contenido, como una nueva edición, una traducción o una versión actualizada, se recomienda obtener un nuevo número ISBN. Si quieres hacerlo por libre es necesario contactar con la agencia del ISBN en el siguiente enlace. En unos días te facilitarán el número de 13 cifras que podrás publicar en Código de barras EAN-13 en la contraportada del libro. La otra opción es autoeditar con nosotros que tenemos números preasignados de uso inmediato y acceso a la base de datos de la agencia.

¿Es obligatorio registrar una obra u obtener el copyright?

No. En la mayoría de los países, no es necesario sacar un copyright explícito para obtener protección de derechos de autor sobre un libro publicado. Según el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, del que la mayoría de los países son signatarios, los derechos de autor se otorgan automáticamente a un escritor en el momento en que se crea una obra original y tangible, como un libro.

El símbolo del copyright (©) solía ser comúnmente utilizado para indicar que una obra estaba protegida por derechos de autor. Sin embargo, en muchos países el uso del símbolo no es obligatorio y la protección de derechos de autor se aplica automáticamente. Esto significa que el autor tiene derechos exclusivos sobre la reproducción, distribución, exhibición y adaptación de su obra sin necesidad de un registro o aviso explícito de copyright.

Aunque no es necesario sacar el copyright de los libros publicados, es recomendable conservar pruebas de autoría y fecha de creación, como copias del manuscrito, correos electrónicos, registros de envío postal, entre otros, en caso de que se produzca alguna disputa sobre los derechos de autor en el futuro. En algunos países, el registro de la obra en una oficina de derechos de autor puede proporcionar beneficios adicionales, como la posibilidad de presentar una demanda por infracción de derechos de autor. En España, la obtención del Depósito Legal puede ayudar mucho en ese sentido. Sí es recomendable para obras científicas,

¿Qué es el Depósito Legal? ¿Es obligatorio sacar el DL en España si quiero imprimir o autoeditar un libro?

El DL tiene como objetivo la recopilación del patrimonio cultural e intelectual del país, a fin de ponerlo a disposición de los ciudadanos. Se trata de aportar varios ejemplares a la Biblioteca Nacional o la correspondiente de la comunidad autónoma. La oficina del depósito legal nos facilitará un número que debemos publicar con el libro. Una vez impreso deberemos depositar varios ejemplares en la oficina.

En España, el depósito legal (DL) es obligatorio para las obras publicadas, independientemente del formato, y se aplica a diferentes tipos de materiales, como libros, revistas, periódicos, grabaciones sonoras, películas, documentos electrónicos, entre otros.

A continuación, se indican algunos casos específicos en los que es necesario sacar el depósito legal en España:

Libros: Se debe obtener el depósito legal de cada edición de un libro publicado en España, sea impreso o en formato electrónico.

Publicaciones periódicas: Las revistas y periódicos también están sujetas a depósito legal. Cada número o ejemplar debe ser depositado.

Grabaciones sonoras: Las grabaciones de sonido, como discos, CD, cintas de audio, deben ser depositadas.

Películas: Las películas cinematográficas y audiovisuales también requieren el depósito legal.

Documentos electrónicos: Los materiales digitales, como sitios web, aplicaciones, bases de datos, también están sujetos a depósito legal.

En general, el depósito legal se realizará en la Biblioteca Nacional de España o en las bibliotecas designadas por las comunidades autónomas, según corresponda. En Cataluña la competencia es de la Biblioteca de Cataluña dependiente del Departamento de Cultura de la Generalitat que tiene sede en todas las capitales de provincia.

Es necesario rellenar un formulario para recibir el número de depósito legal, que deberá ir impreso en el libro. Finalmente, será necesario proporcionar un número de ejemplares (cuatro en el caso de libros) que quedarán en depósito en la Biblioteca correspondiente de la comunidad autónoma. En el caso de Cataluña en esta página web podrá obtener toda la información sobre el DL, los formularios para obtenerlo y saber las direcciones donde tendrá que depositar los ejemplares, así como otros tipos de obras susceptibles de ser depositadas.

Enlaces de interés: